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Anuncio y Pliego de cláusulas económico-administrativas que regirán el procedimiento para la enajenación de 10 parcelas de propiedad del Ayuntamiento de El Vellón

ANUNCIO


          Por acuerdo del pleno de fecha 24 de octubre ha sido aprobada la enajenación del bien inmueble la enajenación de 10 parcelas de propiedad del ayuntamiento de El Vellón, situadas en la unidad de ejecución - 1 denominada “El Calvario” y ubicada en el polígono nº 10 del sector ensanche RU 4 de las Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento de El Vellón. Mediante procedimiento abierto oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

          Se publica en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el perfil de contratante, por plazo  20 días, el anuncio de licitación del contrato de enajenación del bien 10 parcelas de propiedad del ayuntamiento de El Vellón, situadas en la unidad de ejecución - 1 denominada “El Calvario” y ubicada en el polígono nº 10 del sector ensanche RU 4 de las Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento de El Vellón, para seleccionar al comprador del mismo, con sujeción a las siguientes cláusulas:
          1. Entidad adjudicadora.
                             a) Organismo: Pleno
                             b) Dependencia que tramita el expediente: secretaria
                             c) Número de expediente:
          2. Objeto del contrato.
                            a) Descripción del objeto: enajenación del bien 10 parcelas de propiedad del ayuntamiento de El Vellón, situadas en la    unidad de ejecución - 1 denominada “El Calvario” y ubicada en el polígono nº 10 del sector ensanche RU 4 de las Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento de El Vellón
          3. Tramitación y procedimiento.
                              a) Tramitación: Ordinaria
                              b) Procedimiento: abierto
          4. Presupuesto base de licitación. Importe total: 113.680 euros. 
          5. Garantía provisional: 2.940 €
          6. Obtención de documentación e información.
                              a) Entidad: Ayuntamiento de El Vellón
                              b) Domicilio: Plaza de la Iglesia, 1
                              c) Localidad y código postal: 28722
                              d) Teléfono: 918413201
                              e) Telefax: 918413411   
                              f) Fecha límite de obtención de documentos e información: 20 días desde la publicación de este anuncio en el BOCM
          7. Requisitos específicos del contratista. Cláusulas cuarta y quinta del pliego
          8. Criterios de Valoración de las Ofertas:
          Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los requisitos  establecidos en el pliego, cláusula novena del pliego.
          9. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación.
                             a) Fecha límite de presentación: 20 días siguientes a la publicación
                             b) Documentación a presentar: la señalada en la Cláusula Sexta del pliego
                             c) Lugar de presentación:
                                   1.ª Entidad: Registro del ayuntamiento de lunes a sábado en horario de oficina
                                    2. ª Domicilio: Plaza de la Iglesia, 1
                                    3. ª Localidad y código postal: 28722 El Vellón (Madrid)

         10. Apertura de las ofertas: quinto día hábil siguiente a las 9,30 horas, una vez finalizado el plazo de presentación de plicas, el           sábado se considerará inhábil a estos efectos.
         11. Gastos de anuncios: serán de cuenta del adjudicatario

14. Perfil de contratante donde figuren las informaciones relativas a la convocatoria y donde pueden obtenerse los Pliegos: www.elvellon.org.

En El Vellón, a 3 de noviembre de 2008.

 

 

 

PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE REGIRÁN EL PROCEDIMIENTO PARA LA ENAJENACIÓN DE 10 PARCELAS DE PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE EL VELLÓN, SITUADAS EN LA UNIDAD DE EJECUCIÓN - 1 DENOMINADA “EL CALVARIO” Y UBICADA EN EL POLÍGONO Nº 10 DEL SECTOR ENSANCHE RU 4 DE LAS NORMAS COMPLEMENTARIAS Y SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO DE EL VELLÓN.
  • Adjudicación: procedimiento abierto

  • Tramitación: Ordinaria

CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y Calificación

 

Constituye el objeto del contrato es la enajenación por este Ayuntamiento mediante procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, de las 10 parcelas de propiedad municipal:

Parcela inscrita al Tomo 1353, Libro 62, Folio 60, Finca 5649, Inscripción 1ª

Parcela inscrita al Tomo 1353, Libro 62, Folio 64, Finca 5650, Inscripción 1ª

Parcela inscrita al Tomo 1353, Libro 62, Folio 68, Finca 5651, Inscripción 1ª

Parcela inscrita al Tomo 1353, Libro 62, Folio 72, Finca 5652, Inscripción 1ª

Parcela inscrita al Tomo 1353, Libro 62, Folio 76, Finca 5653, Inscripción 1ª

Parcela inscrita al Tomo 1353, Libro 62, Folio 80, Finca 5654, Inscripción 1ª

Parcela inscrita al Tomo 1353, Libro 62, Folio 84, Finca 5655, Inscripción 1ª

Parcela inscrita al Tomo 1353, Libro 62, Folio 88, Finca 5656, Inscripción 1ª

Parcela inscrita al Tomo 1353, Libro 62, Folio 92, Finca 5657, Inscripción 1ª

Parcela inscrita al Tomo 1353, Libro 62, Folio 96, Finca 5658, Inscripción 1ª

 

El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 4.1.p) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

 

CLÁUSULA SEGUNDA. El Perfil de Contratante

 

Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: www.elvellon.org

 

CLÁUSULA TERCERA. Tipo de Licitación

 

El tipo de licitación al alza es el de 98.000 euros (IVA no incluido).

 

 

CLÁUSULA CUARTA. Capacidad

 

Podrán presentar proposiciones, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad para ello y que no se encuentren incluidos en los supuestos de prohibición recogidos en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

 

CLÁUSULA QUINTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar

 

Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica

 

1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:

 

a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

 

b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.

 

c) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.

 

2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, podrá realizarse:

 

a) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.

 

b) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.

 

CLÁUSULA SEXTA. Presentación de Licitaciones.


 

Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento C/ Plaza de La Iglesia, 1, en horario de atención al público, dentro del plazo de un mes contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Perfil de Contratante

 

Las proposiciones podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.

 

La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.

 

Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

 

Cada licitador no podrá presentar más de una proposición [sin perjuicio de los establecido en los artículos 131 y 132 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público]. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.

 

La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego.

 

Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar la enajenación del bien inmueble ________________». La denominación de los sobres es la siguiente:

 

— Sobre «A»: Documentación Administrativa.

— Sobre «B»: Proposición Económica.

 

Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.

 

Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:

 

 

SOBRE «A»

DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA1

 

a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.

 

b) Documentos que acrediten la representación.

 

— Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.

— Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.

— Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.

 

c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

 

Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.

 

d) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional por importe de 1.960 €.

 

e) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.

 

SOBRE «B»

PROPOSICIÓN ECONÓMICA

 

  • Proposición económica.

 

Se presentará conforme al siguiente modelo:

 

«D. _________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en _____________, c/ ____________________, n.º ___, con DNI n.º _________, en representación de la Entidad ___________________, con CIF n.º ___________, enterado del expediente para la enajenación del bien inmueble de ___________ por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, único criterio de adjudicación al mejor precio, anunciado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid n.º ___, de fecha _______, y en el Perfil de Contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de _________________ euros y ___________ euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.

 

En ____________, a ___ de ________ de 20__.

Firma del licitador,

Fdo.: _________________».

 

CLÁUSULA SÉPTIMA. Garantía Provisional

 

 

Deberá depositarse como garantía provisional la cantidad de 2.940 euros que quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones correspondientes hasta la formalización de la escritura pública de compraventa del inmueble.

 

La garantía provisional se depositará:

— En la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en la Caja o establecimiento público equivalente de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efecto cuando se trate de garantías en efectivo.

— Ante el órgano de contratación, cuando se trate de certificados de inmovilización de valores anotados, de avales o de certificados de seguro de caución.

 

 CLÁUSULA OCTAVA. Mesa de Contratación.



La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma, y formarán parte de ella, como vocales, el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario de carrera o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación.

 

Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros:

  • D. José García Vela, Alcalde-Presidente, que actuará como Presidente de la Mesa.

  • Un representante de cada grupo político del Ayuntamiento

— Dª. Mª Paula Serrano Gil, Vocal Secretario de la Corporación que actuará como Secretario de la Mesa.

 

CLÁUSULA NOVENA: CRITERIOS QUE HAN DE SERVIR DE BASE PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.

 

 

 

 

El total de las 10 parcelas de propiedad municipal se adjudicarán acorde a los siguientes criterios:

  • Por cada una de las parcelas ofertadas se obtendrán 2 puntos

  • En el caso de empate de puntuación, será adjudicada al de mayor precio. Si aun así, hubiera empate, este se resolverá con un sorteo.

  • La suma total de puntuación se compondrá de la oferta económica más la puntuación por el criterio de número de parcelas ofertadas.

  • La oferta económica se valorará de forma que al mayor precio ofertado se le adjudicará 80 puntos y al menor precio ofertado se le adjudicará 70 puntos. El resto de ofertas económicas se valorarán entre los 80 y 70 puntos haciendo una relación lineal proporcional entre el mayor y menor precio ofertado.

  • El concursante que hubiese obtenido la mayor puntuación escogerá dentro de las 10 parcelas, a adjudicar. El mismo criterio se realizará para los posteriores concursantes que hayan obtenido las demás puntuaciones entre las parcelas que queden sin adjudicar hasta llegar al último concursante. El criterio de elección de parcela mencionado anteriormente deberá realizarse por todos los concursantes reunidos en un Acto Público que será convocado en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento el mismo día de la realización del Pleno de apertura de plicas y dentro de los 15 días naturales siguientes al mismo. La no asistencia del concursante o su representante al referido Acto Público será considerado como una renuncia a la adjudicación de la parcela y llevará consigo la perdida de la garantía provisional del concursante.

  • En el supuesto que hubiesen parcelas sin adjudicar, estas serán adjudicadas por el Ayuntamiento de El Vellón por un nuevo Pliego.


CLÁUSULA DÉCIMA.- CONDICIONES DEL CONTRATO

 

 

 


Las condiciones del contrato de adjudicación por la enajenación de cada una de las 10 parcelas propiedad del Ayuntamiento descritas en el punto 1 del presente Pliego serán las siguientes:

  1. El adjudicatario podrá disponer libremente de la parcela en cuestión en cuanto a la transmisión y uso de la propiedad por cada una de las formas indicadas en el Código Civil.

  2. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento en cuanto a uso y normativa urbanística según lo indicado en el Polígono 10, Sector de Ensanche de las Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento de El Vellón y la Ordenanza Municipal de Medidas Estéticas para la zona de “El Calvario”. Ambas normas urbanísticas municipales son de aplicación en cada una de las 10 parcelas enumeradas en el punto 2 del presente Pliego.

 

 

CLÁUSUAL UNDÉCIMA. Apertura de Proposiciones y Adjudicación Provisional.

 

 

La Mesa de Contratación se constituirá el 5º día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 9,30 horas. A estos efectos el sábado no se considera hábil. Calificará la documentación administrativa contenida en los sobres «A».

 

La Mesa podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.

 

Y posteriormente, procederá a la apertura y examen del sobre «B», formulando la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación, (a la que se habrá llegado teniendo en cuenta el precio más alto).

 

La adjudicación provisional del contrato deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura de las proposiciones, debiendo notificarse la misma a los licitadores y publicándose en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Perfil de Contratante.

 

CLÁUSULA DÉCIMOSEGUNDA. Garantía Definitiva

 

No se exige la constitución de garantía definitiva

 

CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Adjudicación Definitiva.

 

La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran quince días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que se publique aquélla en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Perfil de Contratante.

 

Durante este plazo, el adjudicatario provisional deberá aportar los documentos acreditativos de estar al corriente con sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, de haber constituido la garantía definitiva, y de haber abonado todos los anuncios de licitación. Asimismo, podrá exigirse motivadamente al adjudicatario que acredite de nuevo su personalidad y capacidad para contratar.

 

La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo de quince días anterior, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalada y constituido la garantía definitiva.

 

Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario provisional por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de diez días hábiles para cumplimentar lo señalado anteriormente.

 

CLÁUSULA DÉCIMOCUARTA. Formalización del Contrato

 

La formalización del contrato en documento administrativo, previo pago del precio de adjudicación más IVA correspondiente, se efectuará dentro de los diez días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva.

El adjudicatario queda obligado a formalizar la correspondiente escritura pública en el plazo de un mes a partir de la fecha de notificación por parte del Ayuntamiento de la adjudicación del contrato.

 

CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Gastos a Cargo de los Adjudicatarios.

 

 

Serán de cuenta de los adjudicatarios los siguientes gastos:

1.- Los tributos estatales, municipales y autonómicos que deriven del contrato

2.- Los de los permisos y autorizaciones preceptivos para la realización del objeto del contrato

3.- Los de formalización del contrato de Escritura pública

4.- Asumir el pago del IVA

5.- anuncios que genere el procedimiento, se prorratearán proporcionalmente entre los distintos adjudicatarios, hasta un límite para cada unos de ellos, por parcela adquirida de 300 €

 

CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Régimen Jurídico del Contrato.


 

Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.

En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado.

El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato.

El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.

 

 

*Descargar el pliego aquí.